OPINIóN: VIVIENDAS TURíSTICAS RESIDENCIALES EN BOGOTá, ¿REGULACIóN O PROHIBICIóN?

Barcelona acaba de prohibir las viviendas residenciales para uso turístico de corta estancia. ¿En Bogotá se debería hacer lo mismo? ¿Qué hacer con Airbnb?

En muchas ciudades, la presencia de alojamientos turísticos en viviendas residenciales ha generado un debate intenso. Plataformas como Airbnb han revolucionado el sector, ofreciendo una alternativa rentable, tanto para turistas como para propietarios. Sin embargo, esta dinámica no ha estado exenta de controversias. El reciente anuncio del gobierno de Barcelona sobre la eliminación de las licencias para estancias cortas (Airbnb y otros) desde 2028 ha reavivado la discusión a nivel global. ¿Es este el camino que Bogotá debería seguir?

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El impacto económico de las viviendas turísticas es indudable. En Bogotá, alrededor de 6.000 viviendas ofrecen servicios de alojamiento de estancias cortas, generando ingresos significativos y atrayendo a miles de turistas anualmente. El Instituto Distrital de Turismo (IDT) ha publicado varios estudios que destacan el aporte económico y el impulso al turismo que este negocio representa para la ciudad. Sin embargo, no podemos ignorar las experiencias de otras ciudades, donde la proliferación de estas viviendas ha desencadenado problemas graves, como el incremento desmesurado de los arriendos, la gentrificación y la pérdida de identidad local.

Lisboa, Berlín, Nueva York, San Francisco, París y muchas otras ciudades han decidido reglamentar y, en muchos casos, limitar las viviendas turísticas residenciales. Los principales argumentos se han basado en la lucha por evitar la gentrificación, frenar el aumento injustificado de los arriendos y consolidar una mayor oferta residencial.

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Barcelona es un caso emblemático. Bajo la alcaldía de Ada Colau, se decidió limitar y prohibir la localización de hoteles en ciertas partes de la ciudad, y el alcalde actual, Jaume Collboni, acaba de tomar una postura firme: para 2028, los 10,000 apartamentos con licencia para turismo deberán reconvertirse en viviendas residenciales. Gran parte de los residentes de las zonas turísticas ha expresado su aceptación y beneplácito por estas medidas. Por otro lado, el gremio del turismo ha mostrado su rechazo enfático, afirmando que los únicos que ganan son los hoteles, pues se quedan sin competencia.

¿Puede Bogotá convivir con las viviendas turísticas residenciales sin necesidad de medidas tan drásticas? La respuesta es sí, pero con ciertas condiciones. Para empezar, es esencial que los propietarios de viviendas turísticas cumplan con lo básico: estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo (RNT) y obtener el permiso explícito de la propiedad horizontal. A continuación, propongo algunas soluciones prácticas para una mejor gobernanza en este tema:

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La secretaría de Gobierno, en coordinación con el Instituto Distrital de Turismo, podría formar equipos de rastreo de páginas web, trabajando junto a alcaldías locales e inspectores de policía, para identificar viviendas que operan sin los permisos necesarios. De hecho, de la mano de la oficina de Asuntos Internacionales, la Alcaldía Mayor de Bogotá debe obligar a las plataformas electrónicas a verificar que las personas que deseen ofertar sus viviendas en sus sitios web cumplan con la normatividad legal colombiana.

Cualquier conductor que desee ofrecer sus servicios de su carro particular en las plataformas de transporte debe demostrar que tiene licencia de conducción. Algo igual debe pasar aquí, cualquier propietario que dese ofertar su casa u apartamento en una página web, debe demostrar que tiene RNT y permiso de la propiedad horizontal.

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Todos los servicios turísticos de la ciudad deben prestarse en igualdad de condiciones. Actualmente, las viviendas turísticas residenciales en Bogotá no pagan IVA, ni ICA y tributan con un predial residencial en lugar de comercial. La reforma tributaria anunciada por el alcalde debe abordar estos puntos, igualando la tasa del predial de estas viviendas con la del predial comercial y estableciendo el pago del ICA para aquellas que tengan más de 90 días de estancias cortas al año.

Si bien el IDT ha señalado que el impacto de las viviendas turísticas residenciales en los arriendos es mínimo, es vital que la secretaría de Hábitat monitoree esta relación para establecer la correlación entre turismo y arriendo, la cual en muchas partes del mundo ha demostrado ser positiva. Iniciaría en La Candelaria, donde el desplazamiento del uso residencial es evidente. Prohibir las viviendas turísticas en Bogotá hoy no parece sensato, pero regularlas y monitorearlas adecuadamente sí lo es.

La prohibición total podría tener consecuencias negativas. Sin embargo, ignorar los problemas que estas viviendas pueden causar también sería irresponsable. La clave está en encontrar un equilibrio que permita a Bogotá seguir siendo una ciudad abierta y atractiva para los turistas, mientras se protege el derecho a una vivienda digna y asequible para sus residentes.

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